Denuncia de Siniestros SOAP


Denuncia

1. ¿Qué Hacer en caso de accidente?

El afectado o quien actúe por él, debe asegurarse que ha estampado la denuncia en una Unidad de Carabineros, donde se identifique la fecha, hora y lugar del accidente, las personas lesionadas o fallecidas y los datos de los vehículos involucrados (al menos patente, número de póliza y aseguradora que emitió el SOAP)

2. ¿Qué hacer en caso de lesionados?

Debe presentar los siguientes documentos en oficina MAPFRE más cercana:

- Certificado Policial Original, emitido por la Comisaría en donde se efectúo la denuncia del accidente.
- Fotocopia Póliza SOAP (en caso de no estar rendida).
- Fotocopia Cédula Identidad del lesionado y N° Teléfono.
- Gastos médicos en original (Boletas, Facturas, Bonos).
- Informe Médico Tratante por lesiones y tratamiento causados por el accidente.

En caso que el lesionado sea menor de edad, debe presentar Certificado Nacimiento y fotocopia Cédula Identidad del padre o madre a quién se gire el cheque.

3. ¿Qué hacer en caso de defunción?

- Fallecido Casado: (Beneficiario el Cónyuge Sobreviviente)

- Copia Parte Policial Completo (Relato)
- Certificado Defunción
- Certificado Matrimonio Actualizado
- Fotocopias Cédulas Identidad (matrimonio)

- Fallecido Viudo: (Beneficiario los hijos menores de edad; a falta de ellos, los hijos mayores de edad)

- Copia Parte Policial Completo (Relato)
- Certificado Defunción
- Certificado Matrimonio Actualizado
- Certificado Defunción cónyuge fallecido
- Fotocopia Libreta Familiar completa (con todas sus hojas incluyendo las tapas).
- Certificado Nacimiento de cada uno de los hijos vivos y muertos.
- Fotocopia Cédula Identidad de los hijos y padres (optativo).
- Declaración Jurada Notarial, efectuada por cada beneficiario (o tutor en caso de ser menor de edad), señalando que al momento de fallecer, tenía (N°) hijos reconocidos, nombrando a cada uno de ellos.

En caso de que los beneficiarios sean menores de edad, el pago será emitido a nombre de quien acredite la Tutoría Legal del Beneficiario adjuntando Dictamen Judicial y Certificado Nacimiento señalando nombre del Tutor.

Fallecido Soltero, Sin Hijos y Padres Vivos

(Beneficiarios Los Padres)

- Copia Parte Policial Completo (Relato)
- Certificado Defunción
- Certificado Nacimiento
- Declaración Jurada Ante Notario por cada uno de los padres, señalando que al momento de fallecer su hijo (a), era SOLTERO S/HIJOS.

Fallecido Soltero, Sin Hijos y Sin Padres Vivos

(Beneficiarios Todos Los Hermanos Vivos, que correspondan al matrimonio)

- Copia Parte Policial Completo (Relato)
- Certificado Defunción
- Certificado Nacimiento
- Certificado Defunción de los Padres
- Fotocopia Libreta Familiar completa (con todas sus hojas incluyendo las tapas).
- Certificado Nacimiento de c/u de los Hermanos Vivos.
- Certificado Defunción hermanos fallecidos (si corresponde)
- Declaración Jurada por cada beneficiario, señalando que al momento de fallecer su hermano era SOLTERO S/HIJOS y tenía (N°) hermanos, nombrando a cada uno de ellos.

Fallecido Soltero con Hijos

(Beneficiario TODOS los hijos menores de edad; a falta de ellos, los hijos mayores de edad, reconocidos).

- Copia Parte Policial (Relato)
- Certificado Defunción
- Certificado Nacimiento de los Hijos
- Fotocopia Cédula Identidad de la Madre o Padre o Tutor según corresponda.
- Declaración Jurada Notarial por cada beneficiario (o tutor del menor), señalando que al momento de fallecer era soltero y tenia (N°) hijos reconocidos, nombrando a cada uno de ellos.

En caso de que los beneficiarios sean menores de edad, el pago será emitido a nombre de la Madre o Padre de los hijos o quien acredite la Tutoría Legal del Beneficiario adjuntando Dictamen Judicial y Certificado Nacimiento señalando nombre del Tutor.

Fallecido sin hijos, soltero o viudo, sin padres y hermanos vivos.

(Beneficiario, quien acredite la calidad de heredero)

- Copia Parte Policial Completo (Relato)
- Certificado Defunción
- Certificado Nacimiento
- Certificado Defunción de los Padres
- Fotocopia Libreta Familia completa.
- Fotocopia Cédula Identidad Beneficiario
- Posesión Efectiva (documento que acredita la calidad de herederos)

En caso de no estar clara la causa de muerte provocada por el accidente, se solicitará Protocolo de Autopsia.

4. ¿Cuál es el plazo para cobrar el Seguro Obligatorio?

La ley establece que el plazo para cobrar este seguro es de un año a contar de la fecha del accidente o de la muerte del fallecido.